La decisión obliga a la sustancia a volver a visitar al cliente la suma recogida durante cada uno de estos años junto con la intriga. Según el asesor jurídico del caso, el descuento será de unos 25.000 euros.

El estatuto en curso del Tribunal Supremo sobre las cartas giratorias está teniendo sus primeros resultados en los tribunales de nuestra ciudad. Esta semana, el Juzgado de Primera Instancia nº 3 ha dictaminado que una Visa llamada Flexipago Aurora, del Banco Cetelem y contraída por un habitante de Algatocín en noviembre de 2006, es inválida y nula por usura.

Según lo indicado por el asesor jurídico que lleva el caso, Francisco Orozco, la entidad de crédito debe volver a visitar al cliente todos los recibos pagados desde que se sacó la tarjeta en noviembre de 2006, junto con la intriga y los gastos, que se han cargado adicionalmente al Banco Cetelem. Por decirlo claramente, aclara el asesor jurídico, el cliente dejará de pagar el crédito y recuperará igualmente unos 25.000 euros.

Es concebible que en las próximas semanas apenas se dicten sentencias comparables en el resto de los tribunales de nuestra ciudad, como está ocurriendo en toda España. Por ello, la OCU, la asociación española de compradores y clientes, anunció el 5 de marzo que las personas influenciadas por las cartas giratorias no deberían reconocer ningún entendimiento propuesto por las diferentes organizaciones de crédito. Como ha indicado el abogado Francisco Orozco, este artículo se anunciaba generalmente en Ronda por elementos, por ejemplo, Citibank (actualmente Wizink) a través de las gasolineras de Cepsa y diferentes fundaciones.

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