La Policía Nacional y la Guardia Civil ya están efectuando los primeros controles para blindar Málaga tras el cierre perimetral que entró anoche a las 00:00 en vigor y que ha sido decretado por la Junta de Andalucía para limitar la movilidad y frenar así los contagios de coronavirus.

De esta forma, los agentes han comenzado a levantar las primeras actas de denuncias por incumplir las medidas impuestas desde la administración y que ya se detallan en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La labor de los efectivos pasa por preguntar a los conductores cuál es el motivo de su desplazamiento tanto si lo hace de una provincia a otra como si lo que pretenden es cambiar de término municipal. 



Las inspecciones, en el caso de la Guardia Civil, se están practicando en puntos como Nerja y zonas limítrofes de Manilva con Cádiz y Córdoba. En algunos de ellos más de un centenar de vehículos particulares ya han sido identificados, según los datos recabados por este periódico. 

Las medidas que ha tomado la Junta de Andalucía van desde la modificación horaria del toque de queda que ahora será de 22:00 a 07:00, el cierre de toda actividad que no sea esencial a partir de las 18:00, menos en Granada que será completo y el cierre perimetral de Andalucía y todos sus municipios. En relación a esta última restricción, son muchos los habitantes que se preguntan si pueden desplazarse de una a otra localidad.

Excepciones para desplazarse entre municipios

A continuación se enumeran aquellas excepciones por las que sí estará permitida la movilidad entre municipios. Aún así, las personas que necesiten llevar a cabo este tipo de desplazamientos indispensables, deberán llevar consigo el salvoconducto impreso y algo que justifique dicha acción. Los andaluces podrán desplazarse para:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, además de educación infantil
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar
  • Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes o personas con discapacidad o vulnerables
  • Desplazamientos a entidades financieras y de seguros o estaciones de reportaje (si es indispensable)
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales
  • Renovación de permisos y documentación oficial o trámites administrativos
  • realización de exámenes o pruebas que no pueden aplazarse
  • Desplazamiento para acciones de recolección en huertos por propietarios o arrendatarios
  • Atención y alimentación de animales domésticos o asistencia a centros veterinarios de urgencia
  • Desplazamientos para adquirir productos de alimentación en otra localidad limítrofe debido a la inexistencia en la de origen
  • Desplazamientos de deportistas de categoría absoluta, entidades federativas y para competiciones oficiales
  • Fuerza de causa mayor o situación de necesidad
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada

Estas nuevas medidas y restricciones llevadas a cabo por la Junta de Andalucía estarán vigentes al menos dos semanas, es decir, hasta el 23 de noviembre.

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