No ‘salvamos semanas’, salvamos vidas. Apoyados en este slogan, el Gobierno y las comunidades autónomas ya han acordado las restricciones para el puente de San José y la Semana Santa en el transcurso del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), y Andalucía también ha anunciado las medidas específicas para Andalucía.

Evidentemente la Semana Santa de 2021 no será como todos querríamos, pero ya existen algunas excepciones por las que sí podremos movernos por el territorio español. Estas son las cinco excepciones para poder desplazarte en Semana Santa, según el BOE.



Obligaciones laborales

Aquellos trabajadores tanto por cuenta propia como por cuenta ajena que necesiten cambiar de comunidad por motivos laborales podrán hacerlo siempre y cuando su desplazamiento esté debidamente justificado. El simple hecho de ser autónomo no permite moverse por el país sin control ninguno.

Asistencia a centros educativos, exámenes o pruebas oficiales

La asistencia a centros educativos para recibir clases o acudir a exámenes y/o pruebas (oposiciones, por ejemplo) sigue estando permitido. En cualquier caso, sólo puede desplazarse la persona interesada (sin acompañantes) y contando con la debida justificación.

Vuelta al domicilio habitual

En caso de estar desplazados fuera de la comunidad donde se reside habitualmente, se puede regresar al domicilio en cualquier momento, aunque el afectado tendrá que justificar que es su vivienda habitual, ya sea con un certificado de empadronamiento o con el DNI

Cuidado de mayores o dependientes

La asistencia y cuidado de personas mayores y dependientes sigue estando entre las excepciones para desplazarse y cambiar de comunidad en caso necesario.

Pruebas médicas

Si hay que desplazarse a otra comunidad por un asunto sanitario (una operación o prueba programada en un centro hospitalario), se podrá hacer sin problema siempre y cuando se pueda justificar el desplazamiento mediante algún documento, como el volante o la cita.

Resultados esperanzadores

El Estado de Alarma se prolongará hasta el 9 de mayo. En los últimos días, la situación en España en cuanto a datos de incidencia acumulada (IA) ha mejorado en comparación a los meses de enero y febrero, pero continuamos en datos de 142,24 a catorce días y de 62,73 a siete días, lejos del objetivo de 50 casos por 100.000 habitantes que nos situaría en nivel de riesgo bajo o de menos de 25 que nos situaría en un escenario de nueva normalidad, según lo establecido en el documento de actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19.

Aunque ya podemos observar resultados esperanzadores, aún no se ha alcanzado una cobertura vacunal suficiente ni en España ni en el resto de Europa que garantice la protección generalizada de la población. El porcentaje de población vacunada es todavía muy insuficiente para hablar de inmunidad y hay que tener en cuenta la aparición de variantes del coronavirus, por lo que en los países de mayor circulación presentan una mayor capacidad de transmisión y alguna de ellas podría incidir sobre la capacidad de respuesta inmunitaria.

Es por ello que todos estos aspectos obligan a los dirigentes a ser extremadamente cautelosos a la hora de mantener las medidas de limitación de actividades no esenciales y de control de la movilidad de cara a los días festivos con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa.

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