La Consejería de Educación y Deporte anunció ayer la apertura oficial del proceso de escolarización para el próximo curso, ejercicio lectivo para el que se ofertan 1.441.007 plazas, entre públicas y concertadas, y en que se incluyen los cambios de la nueva ley educativa del Gobierno central -la Lomloe-, con el mantenimiento del criterio de la demanda social.

Desde hoy y hasta el 31 de marzo se podrá presentar la solicitud de admisión para el segundo ciclo de Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Educación Especial en 3.558 centros sostenidos con fondos públicos, entre los que se encuentran los públicos y concentrados, y participarán el nuevo alumnado así como los que cambien de centro, según informó la Consejería en una nota recogida por Efe.



Para el alumnado de 3 años que se incorpora por primera vez al sistema educativo se ofertan 90.450 plazas de nuevo ingreso, de las que el 80,6% corresponden a centros públicos y el 19,3% a la concertada.

Para la elaboración del nuevo decreto-ley de escolarización, la Consejería de Educación ha tenido en cuenta como ejes principales “el reconocimiento del papel central y vertebrador de la enseñanza pública así como la relevancia del papel de la enseñanza concertada en el sistema educativo andaluz”.

La nueva normativa andaluza mantiene las listas de espera del alumnado no admitido en el centro solicitado en primera opción hasta el inicio del curso escolar con objeto de “asegurar los derechos de las familias y hacer más transparente la gestión de dichas listas”.

También continúa con la regulación de la adscripción entre centros sostenidos con fondos públicos, que este año, por primera vez, se han adscrito centros concertados que imparten Secundaria a centros tanto públicos como concertados que imparten Bachillerato.

En cuanto a los criterios de admisión que se aplican cuando no hay plazas suficientes en los colegios o institutos para atender todas las solicitudes también hay novedades, entre ellas, que el alumno a escolarizar haya nacido de parto múltiple, al que se le ofrece un punto.

También se modifica la puntuación por existencia de hermanos en el centro, reducida a 14 puntos totales, en vez de 20 por hermano como recogía el anterior decreto andaluz. Dados los cambios obligados por la nueva ley Celaá, que limita este criterio al 30% de la puntuación total que pueda tener un alumno, Andalucía ha optado por otorgar la misma puntuación en este apartado que el de proximidad al domicilio familiar (14 puntos).

Otro de los cambios es que, dentro de los criterios de prioridad, figura la discapacidad sobrevenida durante el curso escolar de cualquiera de los miembros de la unidad familiar.

Se mantienen los criterios que otorgan puntos por tener matriculado en el primer ciclo de Infantil a un hijo o hija con la finalidad de fomentar la escolarización en este etapa; guardadores legales con actividad laboral o profesional remunerada y el expediente académico del alumnado para su admisión en bachillerato.

Siguen vigentes los criterios de renta per cápita anual de la unidad familiar y de discapacidad o trastorno del desarrollo y continúan los mismos supuestos y puntuación por pertenencia a una familia numerosa, familia monoparental o familia con dos hijos o hijas.

En los supuestos de prioridad en la admisión siguen el de representante o los representantes legales del alumno que tengan su puesto de trabajo habitual en el centro donde soliciten la admisión y a los deportistas de rendimiento base para que puedan estudiar en un centro cercano al lugar donde desarrollan su carrera deportiva.

El Consejo Escolar de los centros públicos tendrá, con la nueva normativa, la competencia para decidir en el procedimiento de admisión del alumnado, que antes correspondía al director del centro.

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